martes, 20 de abril de 2010
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Mientras tanto...
El artículo de Isuani nos permitirá conectar las problemáticas sociales con la regularidades de la vida social...A leer que vuelvo pronto...
lunes, 12 de abril de 2010
Problemas Sociales / Regularidades de la vida social
LINK: http://mareasdesdemasalla.blogspot.com/2007/05/hoy-presentamos-anomia-social-y-anemia.html
Sobre integración social en la Argentina. Ernesto Aldo Isuani.
INTRODUCCIÓN
Las normas jurídicas son disposiciones destinadas a regular la conducta social, constituyen productos de las instituciones de gobierno de una sociedad y adquieren vigencia cuando se transforman en regularidades de comportamiento social. Las normas impositivas, por ejemplo, están vigentes cuando generan determinadas regularidades en la conducta de los contribuyentes.
Ahora bien, las normas jurídicas no constituyen la única forma a través de la cual el comportamiento social adquiere regularidad. Un conjunto de conductas no se expresa en el derecho positivo y sin embargo posee vigencia entre los miembros de una sociedad. Estas normas son las denominadas costumbres. Cortarse el cabello con cierta frecuencia es una regularidad de comportamiento que no surge de ninguna norma de derecho positivo.
Las normas jurídicas, en tanto productos del Estado, son el resultado de la lucha y negociación de las diversas fuerzas sociales que intervienen en su génesis y que les transfieren sus valores, intereses y formas de interpretación de la realidad. En definitiva, su ideología. Por otra parte, las costumbres constituyen una herencia social generada a través de muy diversos caminos y pueden ser juzgadas de acuerdo a la adecuación que poseen respecto a diversos valores (por ejemplo, libertad, solidaridad, civilidad, etc.). La costumbre de ofrecer alimento al necesitado que lo requiere en nuestra puerta, es una costumbre solidaria. Muchas costumbres se convierten con el transcurso del tiempo en normas jurídicas; otras se modifican sustancialmente y desaparecen. Pero mientras las costumbres implican la existencia de regularidades de comportamiento, es decir, o son practicadas generalizadamente o no son tales, las normas jurídicas pueden tener escasa vigencia.
Dos notas centrales de la problemática argentina que pretendo indagar son por un lado, que la transgresión de las normas jurídicas se halla tan generalizada que puede afirmarse que constituye una costumbre y, por el otro, que las costumbres que pueden ser calificadas de incivilizadas son numerosas.
Este trabajo pretende realizar una caracterización del fenómeno transgresor en el país para seguidamente intentar formular e ilustrar algunas hipótesis sobre sus causas. De esta manera, en primer término se señala la debilidad de las instituciones reguladoras del Estado para fiscalizar el cumplimiento de las normas y de las instituciones judiciales para sancionar la violación de la ley. En segundo lugar, el fenómeno transgresor parece tener profundas raíces culturales que ilegitiman la legalidad. Por último, los bajos niveles de integración social son también determinantes fundamentales tanto de las violaciones de la ley como de las costumbres incivilizadas.
- TRANSGRESORES E INCIVILIZADOS
Una observación atenta de la vida cotidiana permite concluir que la sociedad argentina vive enfrentándose con transgresiones de diversa gravedad. Por ejemplo, el fenómeno de la corrupción aparece vinculado al mundo de los funcionarios públicos, quienes son acusados de brindar favores, que frecuentemente constituyen conductas ilegales, a cambio de determinadas recompensas. Podría construirse una extensa lista de ejemplos sobre esto: cuando autoridades municipales otorgan licencias para la construcción de edificios cuyas alturas implican la violación de los códigos de edificación; los pagos a los guardas de aduanas en los aeropuertos internacionales para introducir bienes que no pueden ingresar libremente o el “retorno” o devolución a los funcionarios públicos de un porcentaje del dinero pagado a los prestadores privados de servicios médicos para que éstos mantengan la condición de prestatarios de determinadas obras sociales.
Bajo todo punto de vista resulta impactante la magnitud y la antigüedad del fenómeno de la corrupción. La Stampa de Turín afirmaba en 1910 que en la Argentina “la propina" es una institución: tiene un nombre solemne de resonancia griega. Se llama coima. Todos coimean: desde quien desempeña cargos superiores hasta el último inspector. Es una práctica tan normal que si alguien decidiera obtener algo sin recurrir a esa gran señora de las transacciones oficiales correría el riesgo de ser tachado de loco. Hay coimas y coimas. Las hay pequeñas, insignificantes. Corresponden a los empleados de menor jerarquía: al portero, al mandadero, al escribiente. Pero las coimas grandes, las que merecen ampliamente su nombre y que hacen que se hable de ellas con admiración y envidia son las que se vinculan con los contratos del Estado, que los hay por armas, ferrocarriles, puertos, construcción de edificios, algunos de ellos monumentales, con ladrillos importados de Inglaterra, mármoles de Italia y luminarias de Francia.
La corrupción, sin embargo, no se reduce al ámbito de las relaciones con el sector público: es frecuente observar que los encargados de vender entradas para el cine o el teatro suelan reservar ubicaciones preferenciales para quienes llegando tarde están dispuestos a pagar un sobreprecio; también es frecuente la connivencia que existe entre administradores de edificios de propiedad horizontal y los gremios que efectúan servicios en los mismos para incrementar indebidamente los precios de los servicios o cobrar servicios inexistentes; otro ejemplo es la sobrefacturación que producen prestadores privados de salud de las obras sociales que financian sus servicios.
El tránsito automotor en las principales ciudades y en las rutas del país expresa dramáticamente el fenómeno transgresor. Los semáforos en rojo son violados a gran escala, el mal estacionamiento está tan generalizado como la falta de respeto por el peatón, la velocidad a la cual se desplazan unidades de trasporte colectivo es peligrosa, no se utilizan las luces de señalización para advertir sobre maniobras vehiculares, no se respetan los carriles de circulación, existe circulación nocturna de vehículos con iluminación deficiente, es frecuente quienes circulan por la izquierda y se adelantan por la derecha, hay una baja utilización de los cinturones de seguridad y en el caso de las motocicletas es usual ver conductores sin casco protector, o más aún, portando el casco en el brazo en una especie de abierto desafío suicida.
Todo ello se traduce en una altísima tasa de accidentes y muertes. En 1.992 se produjeron 4.144 heridos y 159 muertes por accidentes de tránsito en las calles de Buenos Aires. Los transportes colectivos estaban en ese año al frente de los productores de contravenciones: representaban el 0,5% de los vehículos que circulaban pero habían cometido el 15% de las infracciones fiscalizadas por la policía de tránsito. Por otra parte, la tasa de mortalidad por accidentes de tránsito en 1.994 fue de 26 por 100.000 habitantes e implicó la muerte de 9.120 personas en todo el país. Esta tasa es más elevada que la de varios otros países: en Francia y España la tasa es de 19 por cien mil, en Estados Unidos 18, en Italia 11 y en Suecia 9.
La prensa ha mostrado ejemplos muy diversos de transgresiones: empresarios o artistas evaden impuestos o adquieren vehículos importados cuyo destino original era personas discapacitadas, se producen medicamentos sin poder curativo y se venden alimentos en mal estado, se falsifican resultados de biopsias para inducir operaciones quirúrgicas y existe contaminación, muchas veces agresiva, del agua y del aire por industrias y vehículos. Por ejemplo, en 1.993, la Secretaría de Transporte informaba que el 75% de los 2.472 colectivos inspeccionados en la Capital Federal emitía altos niveles de gases contaminantes.
Otras formas de violaciones a las normas tiene que ver con la desaprensión existente en la producción y la comercialización de alimentos. Operativos judiciales en el Gran Buenos Aires acabaron en el decomiso de un millón de sifones con bacterias que habitan la materia fecal de los caballos (abril de 1991) y de 1.700.000 de latas de puré de tomate coloreadas con óxido de hierro (enero de 1.991) En enero de 1.992 se encontraron mil kilogramos de queso muzzarela y siete mil de otros tipos en mal estado en varias pizzerías del Gran Buenos Aires; en diciembre del mismo año se allanaron quintas en Escobar donde se empleaban agrotóxicos para la producción de verduras y hortalizas; en marzo de 1.993 vuelven a encontrarse 18 toneladas de queso y 5 de leche en polvo en mal estado y al mes siguiente se clausura una planta de fabricación de agua mineral por el alto contenido de bacterias encontrado en ella.
Una visita a un mercado y una feria municipal en la Capital Federal permitió observar otras violaciones frecuentes al Código Alimentario Argentino (CAA): la mayoría de los alimentos que necesitan frío para su conservación estaban fuera de las heladeras; a centímetros de los alimentos había cestos de basura y artículos de limpieza; la mayoría de los alimentos no se encontraban protegidos de la contaminación (vitrinas, campanas) sino al alcance del aliento, saliva, tos o roce de la ropa de vendedores y consumidores. Además, la limpieza de los uniformes obligatorios de los vendedores dejaba demasiado que desear.
Una publicación de ADELCO (Asociación de Defensa del Consumidor) indicaba lo siguiente sobre productos sujetos a evaluación: los niveles de grasa de varios tipos de leche fluida estaban por debajo de lo reglamentado por el Código Alimentario Argentino; el test comparativo de conservas de frutas arrojó irregularidades en cuanto a peso, consistencia, regularidad y líquido de gobierno fijados por el CAA, en casi todas las marcas analizadas.
En el caso de la ciudad de Buenos Aires, dos laboratorios privados contratados por la Municipalidad realizaron entre el 20 de enero y 26 de febrero de 1.993 el análisis de una muestra de alimentos encontrando que sobre casi 2.000 muestras de comida analizada, 399 (esto es el 20%) estaban en mal estado. Los problemas más comunes registrados fueron la presencia de bacterias, hongos y levaduras en valores superiores a los permitidos y envases hinchados y alterados. Muchos de los productos en mal estado se detectaron en supermercados importantes y en negocios de pleno centro de la ciudad.
Hasta ahora me he referido exclusivamente a las violaciones de normas legales, pero también es posible encontrar otro tipo de transgresiones que podríamos definir como violaciones a reglas de convivencia civilizadas. Más precisamente me refiero a que muchas costumbres están al margen u opuestas a determinados patrones de comportamiento a los que se atribuye el carácter de ético o civilizado.
Un caso ilustrativo es arrojar basura a la vía pública o permitir que animales domésticos ensucien las calles de la ciudad. También, tocar agresivamente la bocina del automóvil sobre peatones u otros automovilistas o no permitir el descenso de pasajeros de transportes colectivos por la premura para ascender a ellos. No se trata, en este caso, de un problema de “falta de educación”, es decir un fenómeno asociado con bajos niveles de escolaridad, ya que esto también sucede, y quizás con más frecuencia, en las zonas habitadas por personas de alta calificación educativa.
El comportamiento de los argentinos en los baños públicos es otro ejemplo patético de la falta de solidaridad, civilidad en la convivencia y desprecio por lo público. Una nota periodística advertía que circule por la ciudad de Buenos Aires puede advertir en sus baños públicos, hábitos similares a algunos países africanos o del sudeste asiático con escasísima cultura de higiene personal. Un estudio en 17 restaurantes de mediana categoría dio como resultado que 90% de los mismos tenía condiciones pésimas de mantenimiento y no resistían una mínima inspección municipal. Mientras tanto, los propietarios gastronómicos sostenían los esfuerzos para mejorar las instalaciones sanitarias no se veían recompensados por la actitud de la gente.
La solidaridad suele entrar en acción cuando se trata de enviar ropa o alimentos a las víctimas de una inundación u otra emergencia, pero es un concepto difícil de asociar al respecto por el otro cuando cruza la calle, cuando desciende de un medio de transporte o cuando se utiliza un baño público.
Los niveles de sensibilidad de la sociedad al fenómeno transgresor son escasos. Así, el gravísimo delito de un falso diputado votando leyes de la Nación en el recinto de la Cámara de Diputados fue caracterizado por sectores de la prensa como una “picardía” del oficialismo a quien esto favorecía. Mario Fendrich, un cajero del Banco Nación desapareció con 3.000.000 de dólares en 1.994 y una encuesta determinó que un tercio de los varones encuestados consideraban como simpático al personaje. No son pocos los que defienden a los propios aún cuando hayan transgredido la ley. Un noticiero televisivo mostraba cómo simpatizantes de un club de fútbol defendían a otros “hinchas” que habían llegado al extremo de asesinar a seguidores de otro club.
En definitiva, no es infrecuente que se confunda delito con picardía o “avivada”. Es obvio que en el país muchas prácticas están inspiradas en códigos que no responden a la universalidad que pretenden las normas jurídicas sino que se encuentran basadas en relaciones clientelísticas, de amistad o familiares. Esto es, predomina la convicción de que esta forma de micro-solidaridad posen un valor máximo y el desprecio por las normas de contenido universalista. Como esta situación particularista está muy arraigada en la Argentina y el universo de la ley positiva no tiene relación con el universo de las costumbres, los comportamientos ilegales no generan actitudes de rechazo explícito, ya sea porque se acepta que la ley “se acara pero no se cumple”, o por el temor al bochorno, a la represalia o a la probabilidad de impunidad en caso de denunciar la ilegalidad. El “No te metás” es una frase popular que sintetiza entre otras cosas, la poca disposición ciudadana a demandar en cualquier circunstancia el cumplimiento de las normas existentes.
